25-01-2011 10:05
Profesor. Román J. Duque Corredor
(…) La tesis rigorista o restringida y el atisbo de la casación civil en la regulación legal de la revisión constitucional de las sentencias … los alcances de la revisión de sentencias por parte de la Sala Constitucional, en los casos de aplicación inconstitucional de normas jurídicas por apreciación y valoración arbitraria o absurda de las pruebas y de los hechos.
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25-01-2011 10:04
Allan R. Brewer-Carías
(…) la jurisdicción contencioso administrativa se configura, constitucional y legalmente, como un instrumento procesal para la protección de los administrados frente a la Administración, y no como un mecanismo de protección de la Administración frente a los particulares; y el hecho de que la Ley atribuya a los órganos de la Jurisdicción contencioso administrativa competencia para conocer de las demandas que pueda intentar la propia Administración contra particulares, o de las demandas entre personas de derecho público (artículo 9,8), ello lo que implica es la creación de un fuero procesal para la Administración, pero no afecta el carácter fundamental de la misma como instrumento para garantizar el derecho ciudadano al control, que siempre debe existir en un Estado de Derecho.
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25-01-2011 10:03
Profesor. José Ignacio Hernández G.
(…) es así como se ha venido planteando entre nosotros una posición impulsada en el modelo económico en curso, que asume una visión atemperada, matizada, minusvalorada incluso de la libertad económica, concebida como una libertad de pocos y subordinada a lo social, a lo colectivo. No es, en todo caso, una visión inusual: ha sido ésa la visión imperante en Venezuela en el siglo XX y lo ha sido también en otras latitudes. Visión que ahora se ha pretendido anclar en la figura del Estado social, para buscar, en él, una suerte de habilitación general e indeterminada a favor de la dirección pública de la realidad socioeconómica.
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25-01-2011 10:02
Profesor. Héctor Turuhpial
(…) De esta forma, constituyó consagratoria usual que las sucesivas leyes que se dictaron para regular tanto la demarcación como el régimen jurídico de los ejidos incorporaron y mantuvieron su condición de res extra commercium, en lo concerniente a la imposibilidad jurídica de su enajenación como objeto de relaciones comerciales inter privatos, pero permitían su arrendamiento, entendiendo los aplicadores de la época como perfectamente compatibles la coexistencia de la inalienabilidad, en tanto imposibilidad de enajenar, y la imprescriptibilidad, en tanto imposibilidad de poseer con ánimo de prescribir o usucapir, con el arrendamiento de los mismos en tanto concesión de uso y ocupación (…)
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25-01-2011 10:01
Profesor Alfredo Parés Salas
Las ideas expuestas en el presente artículo tienen por objeto intentar dar respuesta, de manera razonada, a la interrogante sobre la posibilidad que tiene la Administración pública de imponer sanciones pecuniarias por una cuantía menor a la fijada expresamente en una norma legal en la que no se prevé un rango entre un mínimo y un máximo, sino que, por el contrario, se tasa un monto único
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25-01-2011 10:00
Profesor. Luis Pompilio Sánchez S
(…) Es importante destacar que el presente estudio se limitó a analizar la constitucionalidad de la actividad cuasijurisdiccional entendida como aquella por la cual la Administración conoce y decide conflictos trabados entre dos particulares, verbigracia: patrono y empleado, proveedor y consumidor, etc., excluyendo otras manifestaciones que algunos autores han catalogado también como ejemplos de esta pretendida Potestad en tanto se ejercen a través de procedimientos que afectan o condicionan derechos de particulares, tales como los disciplinarios, o los sancionatorios, por los cuales la Administración impone verdaderas penas en sede administrativa.
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25-01-2011 09:59
Profesora. Ninoska Rodríguez Laverde
(…) La ponderación del derecho a la cultura previsto en los artículos 98, 99 y 100 constitucionales, conlleva al desarrollo de una legislación e interpretación constitucional en la cual se de cabida de manera óptima, a los siguientes aspectos: i) considerar los convenios, y demás normas contenidas en el Derecho comparado sobre éste; ii) considerar la regulación y efectos jurídicos del acto de declaratoria de un bien como patrimonio cultural y las formalidades, procedimiento, ámbito, efectos y su ejecución; iii) observar los repartos competenciales en la materia, y la descentralización y gestión del patrimonio cultural; iv) considerar que el régimen sancionatorio aplicable a la gestión del derecho a la cultura corre igual suerte y regulación que la actividad sancionadora de la Administración Pública; y, v) procurar una actividad de fomento fiscal en lugar de un régimen de máxima intervención y dirigismo estatal.
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11-03-2010 09:35
El Derecho administrativo venezolano ha sido el resultado de una larga evolución. La Constitución de 1999 profundiza un proceso de constitucionalización del Derecho administrativo venezolano que habían comenzado las Constituciones que le han precedido durante el siglo XIX, y que sólo en la segunda mitad del siglo XX va a tener un notable desarrollo al instaurarse un verdadero sistema de régime administratif con todas sus consecuencias. Revisamos en este estudio: la construcción científica del Derecho administrativo venezolano, y el índice de progreso del Derecho administrativo venezolano, dedicado a la revisión y estudio del sistema de fuentes, el procedimiento administrativo y el acto administrativo.
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11-03-2010 08:59
El esquema seguido en este estudio está informado de algunos comentarios sobre la última reforma a Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público (G. O. Nº 39.140 de fecha 17/03/2009), lo cual comprende comentarios precisos sobre el proceso de formación de este cuerpo normativo y sobre su contenido, especialmente en lo relacionado a competencias exclusivas, y mecanismos de transferencia de servicios y de transferencia de competencias. De igual modo revisa tópicos vinculados a otros instrumentos normativos y decisiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia vinculados al tema de la descentralización.
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11-03-2010 08:55
El esquema desarrollado en este estudio es el siguiente: FOGADE y la obligación ex -lege (“aporte”) que los bancos deben saldarle a ese Instituto. Las razones y el trámite seguido para incrementar el “aporte”. El resultado de la revisión e incremento de la obligación ex-lege. El juicio sobre la legalidad sobre el (mayor) “aporte” . La sobrevenida reforma de enero de 2010.
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11-03-2010 08:54
En este estudio se plantea: El Amtshaftungsanspruch o pretensión por conductas culposas contrarias a Derecho; El Aufopferungsanspruch o la pretensión por sacrificio particular por daños a bienes jurídicos de contenido no patrimonial; El enteignender Eingriff o pretensión por sacrificio particular por daños a bienes de contenido patrimonial; El enteignungsgleicher Eingriff o pretensión por lesiones no culposas a la propiedad contrarias a Derecho; La Enteignung o expropiación; Las ausgleichspflitige Inhalts- und Schrankenbestimmungen o disposiciones con carácter compensatorio sobre el contenido y límites del derecho de propiedad; y, La Gefährdungshaftung o responsabilidad por creación de situaciones de riesgo o peligrosas.
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11-03-2010 08:54
Desarrollo de la tutela cautelar en el proceso administrativo conforme a la normativa, jurisprudencia y doctrina científica nacional y comparada. Referencia a la ejecutividad y ejecutoriedad de los actos administrativos, la convivencia de la ejecución de los actos administrativos y la garantía de ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva. Planteamiento del proceso para la tramitación de las medidas cautelares, los presupuestos procesales de las medidas cautelares en la legislación, la evolución jurisprudencial de las medidas cautelares en el proceso administrativo.
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11-03-2010 08:50
En este estudio se revisan asuntos relacionados con la deontología judicial contemporánea la cual no se agota en abordar los pormenores de la “imparcialidad”, la justicia y los valores del estamento judicial. En nuestros días se extiende hacia los ámbitos de la interpretación y de la actividad argumental inclusive, como bien lo reconoce el Código de Ética del Juez y Jueza Venezolano, pero, con la limitante de establecer un horizonte hermenéutico al juez patrio referido en valores y demás parámetros dictaminados por el ordenamiento jurídico. El esquema desarrollado es el siguiente: el R.P. Diosinio Aranzadi sj: un hombre más allá de todo horizonte. La ética y la vida jurídica. El Artículo 10 del Código de ética del juez o jueza venezolano y el problema de la ética en la interpretación jurídica.
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